El martes 7 de abril, el Juzgado III de Distrito otorgó una suspensión provisional a favor del Poder Judicial de Baja California contra la vigencia de la reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI), aprobada
por el Congreso local el 21 de diciembre de 2014 y publicada en el Periódico Oficial el 17 de febrero del año en curso.
por el Congreso local el 21 de diciembre de 2014 y publicada en el Periódico Oficial el 17 de febrero del año en curso.
El 24 de marzo, el pleno del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) aprobó por unanimidad el presentar un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra dos artículos de la reforma, el 64 fracción II de la Ley ISSSTECALI, y el 19 de la Ley reglamentaria; ambos tienen que ver con la retroactividad en cuanto al reconocimiento de antigüedad de personal de confianza por la insuficiencia presupuestal del Poder Judicial para el pago y regularización de estos empleados. La medida afectaría presupuestalmente al Poder Judicial, pues se ha calculado, se necesitarían cerca de mil millones de pesos para cumplir con este precepto.
Ante esto, el pleno del TSJ acordó interponer la medida legal ante la SCJN, pero a la vez tramitaron un amparo ante el Juzgado III de Distrito para suspender la medida en tanto la instancia legal analiza el fondo del asunto, relacionado con la constitucionalidad de la reforma aprobada por el Congreso. El amparo interpuesto por el Poder Judicial va contra actos de la XXI Legislatura; del gobernador del Estado, Francisco Vega de Lamadrid; del secretario general de Gobierno, Francisco Rueda; y del Periódico Oficial del Estado.